Normativa vigente sobre la insonorización de locales
2022-06-08T11:12:58Z

La normativa vigente en materia de insonorización acústica en Madrid Centro persigue como objetivo conciliar el derecho al descanso de los ciudadanos con el que tienen los empresarios de desarrollar su actividad económica. Hay que decir que la legislación en este campo es un poco abierta y depende de las ordenanzas municipales que dicte cada localidad.

No obstante, hay una serie de normas básicas que son comunes, por lo general, en las ciudades más importantes de nuestro país, y que vamos a destacar en estas líneas. En primer lugar, conviene señalar que todo depende de la zona de la ciudad en la que se encuentre ubicado el negocio y de la franja horaria en la que desarrolle su actividad.

Así por ejemplo, la normativa de insonorización acústica en Madrid Centro advierte de que, en una zona sanitaria, los niveles de ruido transmitidos al ambiente exterior, desde las 8 hasta las 22 horas, no pueden superar los 40-50 decibelios. Entre las 22 y las 8 horas, esos niveles se reducen a los 35-45 decibelios. Si el local se encuentra en una zona de viviendas, el ruido emitido en esta primera franja horaria no debe rebasar los 60 decibelios, mientras que en horario nocturno el límite se establece en los 40. 

Por tanto, a la hora de poner en marcha un local de ocio tendrás que acudir a la delegación competente de tu ayuntamiento y solicitar los permisos y licencias correspondientes. Ese es el trámite en el que comprobarás qué dice su normativa en materia de insonorización, y tendrás que ceñirte a lo ordenado. La ley permite sanciones a aquellos negocios que incumplan estas normas, por lo que es conveniente que te tomes en serio este tema.

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